
En Derecho, los términos deben ser expresión clara de conceptos jurídicos; pero eso resulta imposible cuando el concepto no es claro. Quien no tiene ideas claras refleja su confusión en términos siempre oscuros. La reciente Orden sobre modificación del Libro de Familia –publicada en el BOE de 3 de marzo- impone que para adecuar la terminología a la ley de matrimonios homosexuales (primera confusión), los términos marido y mujer se sustituyen por cónyuge A y cónyuge B; y los de padre y madre por progenitor A y progenitor B. Aquí ya no se respetan ni los conceptos esenciales del Derecho de familia. El buen padre de familia, modelo de conducta, se convierte en el buen progenitor A. Algunos, desde la osadía que confiere la ignorancia, verán en esta modificación la prolongación del manoseo que padece el concepto jurídico de Nación, sobre la base del pretendido carácter polisémico del término que le confiere la progresía más estulta. Si alguien guarda alguna duda sobre el carácter único del concepto jurídico de Nación que le pregunte a cualquier nacionalista vasco o catalán, y ya verá como existe identidad tanto en el concepto como en sus efectos jurídicos.
Pero, además, el cambio no puede ser más inadecuado a los fines que se propone. Progenitor significa, etimológicamente, el que engendra o procrea (del latín, progenitor, y éste de generare, concebir, parir o dar a luz), precisamente lo que no cabe entre personas del mismo género. La palabra padre admite calificativo (putativo, adoptivo,…), pero progenitor no tiene más acepción que la indicada. Al tiempo que se le dan patadas al Diccionario también se deroga el latín, y el español y la lógica… Como en la copla de Alvar Gómez: No era inmudable, pues pudo mudar/su ser infecundo a fecundo ser….
Y como comprobado está que la memez se propaga con mucha más facilidad que la gripe aviar, por estos pagos algunos también han declarado la guerra a la Real Academia Española por haber desaconsejado en un reciente informe los desdoblamientos del tipo presidente o presidenta, el diputado o la diputada al ser innecesarios y artificiosos desde el punto de vista lingüístico. Afirma la Real Academia que este empeño en la utilización del desdoblamiento tiene su origen en el desconocimiento del uso genérico del masculino gramatical y en la creencia de que la regla gramatical responde a la dominación histórica del varón sobre la mujer en las sociedades patriarcales. Alguna lumbrera local –muy local- ya ha contestado el informe localizando el problema en la ausencia de composición paritaria en la Academia. ¡Ahí queda eso! Pues nada, que sean consecuentes con sus propias barbaridades e incluyan en el Preámbulo del Estatuto a don Blas Infante como Progenitor A de la patria andaluza.

1 comentario:
Gracias por el artículo de ayer en "El Mundo"
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