lunes, junio 12, 2006

Manca finezza, falta finura en la política española, como puso de manifiesto el siempre joven Giulio Andreotti cuando la comparó con la italiana. Ya ven, Andreotti y Napolitano, dos octogenarios presentando sus candidaturas a la presidencia del Senado mientras otros no tienen más horizonte que el de dictar normas para asegurarse pensiones, al tiempo que actúan de palmeros de estatutos ajenos. Ventajas que tiene el flamenco como competencia exclusiva.

Cuando Andreotti pronunció su veredicto se refería a los tiempos de la Transición. No sé qué opinaría hoy, cuando el elegante debate simbolizado en el florete ha dado paso a la más abierta confrontación del muy castizo garrotazo y tente tieso a cuenta de lo que algunos siguen denominando ´proceso de paz`. Verba volant; scripta manent. Será por deformación profesional, pero huyo conscientemente de la palabrería de un debate político que por su elevado tono llega a atemorizar, para adentrarme en el análisis jurídico de determinados comportamientos que vienen a exteriorizar los síntomas de lo que considero una grave patología.

Me refiero a actuaciones en el orden penal que parecen entrever cierta complacencia con comportamientos delictivos. Primero fue la sentencia del Tribunal Supremo que condenó a Otegui por injurias al Rey, resolución firme cuya ejecución fue suspendida por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco por razones que sigo sin comprender. Ahora, el Auto dictado por el juez de la Audiencia Nacional, Grande- Marlaska, que desestima la solicitud de prisión provisional para miembros de la ilegal Batasuna solicitada por la AVT sobre la base de la pertenencia de los miembros de su Mesa a banda armada y por la comisión de un delito de amenazas.

No sorprende la respetable resolución judicial –los jueces, dice un filósofo alemán, son estudiantes del Derecho que se corrigen sus propios exámenes- sino la posición adoptada por el Ministerio Fiscal que, recuérdese, promueve la acción de la justicia en defensa de la legalidad, del derecho de los ciudadanos y del interés público. Afirma el Ministerio Fiscal, oponiéndose a la solicitud de prisión provisional, que las expresiones vertidas por los miembros de la organización ilegal, por su contenido político, se enmarcan dentro de los límites de la libertad de expresión y que, en cualquier caso, la norma (penal) debe ser interpretada conforme a la realidad social, criterio hermenéutico éste que, como vemos, se puede tornar en peligroso cuando se presta a la imposición de posiciones de justicia muy personales. Pero lo verdaderamente espeluznante es comprobar con la lectura del Auto como Fiscalía y defensa de los imputados coinciden en el mismo planteamiento absolutorio. Identidad de posiciones, ¿identidad de objetivos?

sábado, junio 10, 2006

Desde mi balcón distingo...


“Desde mi balcón distingo...

...que mañana será Domingo”. Con esta frase despachaba Federico García Lorca a los jóvenes poetas que se le acercaban a enseñarle sus primeras obras y es precisamente la que se me ha venido a la cabeza después de releer el Preámbulo de la Proposición de Reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía, actualmente en la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados a la espera de que a alguna mente preclara se le aparezca la Virgen –sorteando, por supuesto, el artículo de la laicidad- y devuelva al corral a este peligroso manso.

Sé que hay quien busca denodadamente al autor material del Preámbulo, pero es lógico que se mantenga en el anonimato quien ha perpetrado tamaña barbaridad histórica, política, geográfica, sintáctica para, juntando letras, convertir una exposición de motivos en un texto cursi, sobre todo, cursi. La “robusta y sólida identidad” de Andalucía, el “ámbito geográfico diferenciado” en el que se asienta, la compilación de un “rico acervo cultural por la multiplicidad de pueblos y civilizaciones”, las referencias al “mestizaje humano”, “interculturalidad de prácticas, hábitos y modos de vida”, la “pluralidad histórica acrisolada”, el patrimonio cultural “tangible e intangible, dinámico y cambiante, popular y culto” (como si la cultura fuera ajena al pueblo), “los arcos mediterráneo y atlántico” y el penúltimo adorno consistente en afirmar que en Andalucía “se ha configurado como hecho diferencial un sistema urbano medido en clave humana” no son más que recurrentes tópicos más propios de un folleto de la Consejería de Turismo que de un texto como el que nos proponemos analizar. Afirmar que Andalucía se vertebra “en torno y a lo largo del río Guadalquivir” supone añadir a la proverbial cursilería un desconocimiento de la geografía andaluza no menos imperdonable al desnortado legislador. Por todo ello, uno mis humildes fuerzas a las de Javier Caraballo y Paco Robles en la búsqueda del remilgado autor -o autores- del bochornoso texto en la resignada convicción de que ni éste ni sus cómplices serán hallados (si al menos se hubiera deslizado en el texto el término “irredento”... pero no, no hay pistas).

Todo preámbulo en un texto jurídico ofrece al legislador la oportunidad de dar las razones que le han llevado a la promulgación de la nueva norma. Por ello, el preámbulo tiene un evidente sentido jurídico, pues sirve para interpretar la norma en la búsqueda de la verdadera intención del legislador. Huyan pues de quienes proclaman la “inocencia” o la neutralidad jurídica de un preámbulo o de una exposición de motivos, porque están fuera de toda duda tanto su trascendencia como los indudables efectos jurídicos que despliega.

Llegados a este punto conviene preguntarse cuáles son los motivos que llevan al legislador a la modificación del vigente Estatuto de Carmona. Ahondando aún más en la cuestión, convendría plantearse también si estamos ante una mera modificación de un texto jurídico vigente o, en realidad, ante un nuevo Estatuto de Autonomía.

El legislador, realmente, no justifica en el Preámbulo la raison d`etre del proyecto de reforma. Realiza alguna alusión a la necesidad de “profundizar en el autogobierno”, dentro de un “proceso de modernización del Estado de las Autonomías”, y pretende resumir su aspiración de la siguiente forma: “se trata, en definitiva, de conseguir un Estatuto para el siglo XXI, un instrumento jurídico que impulse el bienestar, la igualdad y la justicia social”. ¿Acaso el Estatuto de Carmona no tiene estas mismas aspiraciones? ¿Introduce nuestro vigente Estatuto desigualdad o es pernicioso en el logro de la justicia social?

No; el legislador no ofrece justificación al nuevo texto estatutario, y no lo hace en un verdadero alarde de humildad. No hay justificación, sencillamente, porque no hay necesidad de cambio. El proyecto se encasilla en el alocado marco de reformas estatutarias impulsado por el Presidente del Gobierno para dar cobertura de “fuego amigo” al proceso de ´reformas` catalán y vasco; en suma, una coartada para proceder a un fraude de ley, porque lo verdaderamente pretendido por estos estatutos de nuevo cuño es la creación de un nuevo marco jurídico que rompa con la Constitución Española, pero sin acudir al proceso de su reforma, sencillamente porque la reforma constitucional hoy es imposible sin el concurso del Partido Popular. Se trata de una verdadera reforma constitucional, donde la norma de cobertura la constituyen los estatutos –entre ellos, el de Cataluña y su copia andaluza- y la norma defraudada es la propia Constitución Española.

Se ha hecho siempre referencia a la inclusión en los textos estatutarios bien del término “nación” -en el texto catalán- o el más genuino de “realidad nacional” para pretender demostrar el choque frontal con la norma constitucional. The last, but not the least. La amable invitación a participar en este proyecto me permitirá demostrarles que el fraude a la norma constitucional –y a la comunitaria- rezuma en varios pasajes de un texto que necesita pasar por un verdadero proceso de limpieza. A ello me dispongo.

sábado, junio 03, 2006

Sin rumbo


La Unión Europea no tiene una política común sobre inmigración. La ausencia de criterios comunitarios firmes en esta materia obliga a los países miembros a adoptar medidas unilaterales que, por la permeabilidad propia de las fronteras interiores, afectan siempre al resto de Estados. Por ello, permaneciendo la definición de la política migratoria dentro del ámbito de soberanía de cada miembro de la UE, no es menos cierto que a la hora de determinar la respectiva política sobre inmigración existen actitudes miméticas que suelen romper en medidas consistentes en restringir el flujo migratorio con una normativa selectiva basada en la directa elección de los inmigrantes (Francia), la limitación de entrada a determinados profesionales altamente cualificados (Alemania) o la exigencia de exámenes donde los candidatos acrediten conocimientos de lengua y su adaptación a la forma de vida europea (Holanda). Se trata, en suma, de aplicar una política siempre basada en la experiencia, de indudable trascendencia interna, pero también respetuosa con el vecino.

Bruselas ha sido siempre contraria a procesos de legalización masivos de inmigrantes. En el caso español, las autoridades comunitarias han venido advirtiendo una y otra vez de las graves consecuencias que podían derivarse de una actitud consistente en un dadivoso ´papeles para todos` de apariencia solidaria y progresista, pero generador de conflictos sociales cuando la oferta supera a la demanda. Desde filas socialistas se suele combatir a quienes advierten de estos peligros tachándoles de fascistas, xenófobos o reaccionarios, pero quienes así actúan se olvidan de que en las últimas presidenciales francesas quien disputó las elecciones a Chirac fue LePen, y no el socialista Jospin; algo tendría que ver el voto de los trabajadores en ese resultado.

La semana pasada la vicepresidente de la Vega visitó Bruselas para pedir la ayuda comunitaria ante la masiva llegada de inmigrantes a las costas canarias. El resultado de las conversaciones con Durao y los comisarios Ferrero y Frattini se vendió desde instancias gubernamentales como un decidido apoyo de la UE a la política española en materia de inmigración, ocultándose así los reproches efectuados por las autoridades comunitarias al ´efecto llamada` propio de una legislación absolutamente permisiva que contradice la práctica y la norma del resto de Estados comunitarios. Para Bruselas el problema de los cayucos no es más que la crónica de un desenlace advertido una y otra vez, y continuamente desatendido por las autoridades españolas. El siguiente paso será adaptar la legislación sobre inmigración a los criterios restrictivos establecidos por países de nuestro entorno comunitario. Así lo ha exigido Bruselas.