lunes, junio 12, 2006

Manca finezza, falta finura en la política española, como puso de manifiesto el siempre joven Giulio Andreotti cuando la comparó con la italiana. Ya ven, Andreotti y Napolitano, dos octogenarios presentando sus candidaturas a la presidencia del Senado mientras otros no tienen más horizonte que el de dictar normas para asegurarse pensiones, al tiempo que actúan de palmeros de estatutos ajenos. Ventajas que tiene el flamenco como competencia exclusiva.

Cuando Andreotti pronunció su veredicto se refería a los tiempos de la Transición. No sé qué opinaría hoy, cuando el elegante debate simbolizado en el florete ha dado paso a la más abierta confrontación del muy castizo garrotazo y tente tieso a cuenta de lo que algunos siguen denominando ´proceso de paz`. Verba volant; scripta manent. Será por deformación profesional, pero huyo conscientemente de la palabrería de un debate político que por su elevado tono llega a atemorizar, para adentrarme en el análisis jurídico de determinados comportamientos que vienen a exteriorizar los síntomas de lo que considero una grave patología.

Me refiero a actuaciones en el orden penal que parecen entrever cierta complacencia con comportamientos delictivos. Primero fue la sentencia del Tribunal Supremo que condenó a Otegui por injurias al Rey, resolución firme cuya ejecución fue suspendida por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco por razones que sigo sin comprender. Ahora, el Auto dictado por el juez de la Audiencia Nacional, Grande- Marlaska, que desestima la solicitud de prisión provisional para miembros de la ilegal Batasuna solicitada por la AVT sobre la base de la pertenencia de los miembros de su Mesa a banda armada y por la comisión de un delito de amenazas.

No sorprende la respetable resolución judicial –los jueces, dice un filósofo alemán, son estudiantes del Derecho que se corrigen sus propios exámenes- sino la posición adoptada por el Ministerio Fiscal que, recuérdese, promueve la acción de la justicia en defensa de la legalidad, del derecho de los ciudadanos y del interés público. Afirma el Ministerio Fiscal, oponiéndose a la solicitud de prisión provisional, que las expresiones vertidas por los miembros de la organización ilegal, por su contenido político, se enmarcan dentro de los límites de la libertad de expresión y que, en cualquier caso, la norma (penal) debe ser interpretada conforme a la realidad social, criterio hermenéutico éste que, como vemos, se puede tornar en peligroso cuando se presta a la imposición de posiciones de justicia muy personales. Pero lo verdaderamente espeluznante es comprobar con la lectura del Auto como Fiscalía y defensa de los imputados coinciden en el mismo planteamiento absolutorio. Identidad de posiciones, ¿identidad de objetivos?

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